Telegram Web
​​❗️❗️❗️📣Vence mañana el pago del chapa (Impuesto sobre el Transporte Terrestre) ❗️
▶️Si usted tiene cualquier vehículo de motor o de tracción animal destinado al transporte terrestre y no ha pagado su impuesto o chapa como se le conoce, vence este 30 de septiembre el termino voluntario para su pago.
▶️Si conoce a un amigo o familiar que posea cualquiera de estos medios de transportación recuérdele que es mejor el pago a tiempo.
▶️Puede hacerlo por los canales electrónicos de pago, desde la comodidad de su hogar, en este tutorial le explicamos como puede pagarlo por transfermóvil. Obténgalo en https://www.onat.gob.cu/storage/downloads/Tutorial%20de%20TM%20Pago%20Chapa%201_1693843205.pdf
▶️¡¡¡Pregunte en su empresa o centro de trabajo si ya pagaron, alerte!!! Los pagos fuera de termino, o sea después del día 30 de septiembre, conllevan sanción: multa y recargo que son gastos no deducibles en el calculo de la utilidad de su entidad.
Consulte en nuestro portal la noticia https://www.onat.gob.cu/home/noticias/227 que le explica los consejos a tener en cuenta para el pago de la chapa.
ANEXO_ÚNICO_DEL_DECRETO_LEY_21_DE_2020_GAC_EXT_68_DE_2020.pdf
152.8 KB
👁👉Les compartimos el Anexo Único del Decreto Ley 21 de 2020 que dispone las cuantías a pagar por concepto del Impuesto sobre el Transporte Terrestre (la chapa) en correspondencia con la clasificación de vehículos de motor y de tracción animal.
​​👁👉Los montos a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre dependen del grupo al cual pertenezcan los contribuyentes de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto Ley 21.
El Grupo I, comprende a las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional, las entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, los sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 De la Inversión Extranjera, los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, así como las organizaciones y asociaciones.
En el Grupo II se incluyen las personas naturales no residentes permanentes en Cuba, las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional.
​​📣👌👁La nueva versión de Transfermovil V.1.231002 le permite ver sus estados de cuentas del periodo que necesite y esta información le llega al correo nacional que Ud. indique. Con esta información puede conocer el movimiento de las cuentas que tenga asociadas a su TM, incluida la Cuenta Bancaria Fiscal.👍 Conozca sus novedades y ventajas en 👉 https://www.etecsa.cu/es/promocion/transfermovil
​​👁👉La nueva versión de Transfermóvil facilita a TODOS los clientes (bancarizados y no bancarizados) efectuar el pago de 3 servicios básicos del hogar: aguas de La Habana, gas manufacturado y electricidad, utilizando como vía de pago la cuenta CUP de la Bolsa MiTransfer.
Esta nueva funcionalidad se encuentra disponible accediendo al menú Operaciones de la Bolsa MiTransfer y seleccionando el tipo de servicio que se desea pagar. Para el caso específico del pago del agua sólo estará disponible en La Habana.
Se adicionó además, en el módulo de Bancos, específicamente de BANDEC, la opción de solicitar y recibir en un correo electrónico (.cu) el estado de cuenta de los últimos 6 meses en BANDEC, el cambio de la mensualidad de las cuentas de formación de fondo, así como la reimpresión de las tarjetas, permitiendo seleccionar la sucursal donde se desee recoger.
Para acceder a estas nuevas funcionalidades de la Bolsa MiTransfer puedes descargar aquí de forma gratuita la nueva versión de Transfermóvil V.1.231002 en formato compactado. Como vía alternativa de descarga, recomendamos también utilizar Apklis (Centro cubano de Aplicaciones Andriod).
​​📣👁Disponibles en nuestro Portal Tributario calendarios 📆de declaración y pago de tributos 2023 para personas naturales y jurídicas.👀👌 Conozca los pormenores de su contenido en esta noticia 👇
Obtenga el calendario tributario de personas jurídicas en nuestro portal, a través del siguiente enlace 👉 https://www.onat.gob.cu/storage/downloads/Calendario%20PJ%202023_1697490910.pdf
Obtenga el calendario tributario de personas naturales en nuestro portal, a través del siguiente enlace 👉 https://www.onat.gob.cu/storage/downloads/Calendario%20PN%202023_1697491006.pdf
​​👉¿Eres contribuyente? Pues, regístrate ✍️ en el 📲💻Portal Tributario y accede 24/7 a los servicios en línea creados para ti. Conoce 👁 todos los detalles y ventajas de autenticarte en esta noticia de nuestra plataforma👇
​​❗️❗️❗️📣Vence hoy 23 de octubre el plazo para el pago a cuenta trimestral del Impuesto sobre Utilidades (ISU) y del Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal.
El aporte trimestral del ISU tienen que hacerlo todas las empresas, incluidas las micro, pequeñas y medianas (Mipymes); mientras que el correspondiente al rendimiento lo efectúan las empresas estatales.
👉Instamos a las entidades que no han liquidado aún a que lo hagan lo más pronto posible para evitar ser sancionadas.
👉Recomendamos el uso de los canales electrónicos de pago, especialmente Virtual Bandec.
Forwarded from OnatdeCuba
Obtenga el calendario tributario de personas jurídicas en nuestro portal, a través del siguiente enlace 👉 https://www.onat.gob.cu/storage/downloads/Calendario%20PJ%202023_1697490910.pdf
​​❗️❗️📣El 31 de octubre culmina para el sector cañero el plazo de presentación de las DJ de Utilidades e Ingresos Personales.❗️ Entérese de lo que dispone la Ley 157 del Presupuesto del Estado para los contribuyentes de este sector. Recomendamos no dejar la dedeclarar el último día para evitar que algún contratiempo provoque un incumplimiento que constituye una infracción tributaria sujeta a sanción. Entérese de los pormenores en esta noticia del Portal Tributario 👇
​​📣❗️❗️Cuenta Bancaria Fiscal se amplía ahora para artistas, intelectuales, comunicadores y campesinos por resolución del MFP❗️👈
La apertura y operación de la Cuenta Bancaria Fiscal (CBF) en pesos cubanos es ahora obligatoria para los artistas e intelectuales, comunicadores sociales, usufructuarios de tierras agrícolas estatales, propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierras y otros productores individuales y alimentos de origen animal o vegetal.
Según la Resolución No 245 de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), recientemente publicada en la Gaceta Ordinaria No.106 de este mismo año , las personas naturales mencionadas deben abrir cuentas corrientes que funcionarán a todos los efectos como CBF, en las sucursales de cualquiera de los bancos comerciales cubanos: Popular de Ahorro (BPA), de Crédito y Comercio (BANDEC) o Metropolitano (BANMET) y están obligados a declararlas ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
👁Conozca los detalles en nuestro portal tributario.
Resolucion_245_de_2023_Establece_CBF_para_artistas,_comunicadores.pdf
212.8 KB
👌Compartimos con nuestros usuarios la Gaceta Ordinaria 106 que contiene las resoluciones 245 del MFP que amplía uso de la cuenta bancaria fiscal a artistas, intelectuales, comunicadores sociales y campesinos, así como la Resolución 93 del MINCIN que estipula el requisito de poseer las facilidades de pago por las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta para la comercialización de bienes y prestación de servicios al consumidor.
​​📣👁❗️❗️Cambios en tributos de TCP: eliminados 3 mil CUP de saldo mínimo en CBF, descuento de 3260 pesos como mínimo exento y…
👉Nuevos cambios en la tributación de los trabajadores por cuenta propia (TCP) fueron aprobados por la resolución No. 246 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.75 de este lunes 6 de noviembre.
Las modificaciones más importantes que introduce esta norma son:
Se define un solo régimen de tributación para los Trabajadores por cuenta propia: El régimen general (artículo 3)
Se establece para el pago de la cuota mensual, el descuento del mínimo exento de 3 260 pesos a partir de enero del 2024 (artículo 19)
Se elimina el pago del impuesto sobre Ventas y Servicios, conocido como 10%, para los agentes de telecomunicaciones y agentes de seguro, desde enero del 2023 (artículo 18.2)
Se establece la obligatoriedad de abrir y operar una cuenta bancaria fiscal para todos los TCP. (Apartado Primero Res.347)
Se elimina el saldo mínimo de 3 mil pesos en la Cuenta Bancaria Fiscal. (porque se deroga Apartado Segundo de Res. 347)
👁 Entérese de los otros cambios en esta noticia del portal tributario.👇
Gaceta_Extraordinaria_75_de_2023_Modifica_tributos_de_los_TCP.pdf
241.1 KB
Compartimos con nuestros usuarios y seguidores la Resolución 246 que modifica los tributos de los TCP, publicada en la Gaceta Extraordinaria No.75 de 2023.
2025/07/02 14:47:58
Back to Top
HTML Embed Code: