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Sobre la compensación o devolución de los Agentes de Telecomunicaciones y de Seguros.
La Resolución 246, del Ministerio de Finanzas y Precios del 20 de octubre de 2023; regula la tramitación de forma expedita de las solicitudes de Devolución y/o compensación de lngresos, presentadas por Agentes de Telecomunicaciones y de Seguros.
La solicitud se realiza en la ONAT del municipio donde se encuentra inscrito el contribuyente y la solicitud debe contener nombre y apellidos, NlT, domicilio fiscal ( Dirección ) y su pretensión. Si el contribuyente posee firma digital, puede hacer la solicitud con su firma por vías digitales.
No se requiere presentar comprobantes de pago ni facturas, pues la ONAT cuenta con los pagos realizados por estos contribuyentes.
Para los contribuyentes activos, se prioriza la compensación de la siguiente manera:
1- Compensar con pagos futuros del 5% por concepto del impuesto sobre ingresos personales, cuota mensual, párrafo 051012.
A partir de enero del 2024 todos los TCP, para el cálculo del 5% de la cuota mensual deducirán de sus ingresos el mínimo exento mensual de 3,260.00 CUP.
2 – Compensar con la liquidación adicional de ingresos personales, párrafo 053022, en la presentación de la Declaración jurada del ejercicio 2023
Importante: Los aportes en exceso del 10% que se compensarán, correspondientes al ejercicio fiscal 2023, no se deducen en la declaración jurada en tributos pagados, Sección F-fila 37 Impuesto sobre ventas y/o servicios, se deducen del importe a pagar si la DJ tiene liquidación y se anota en la casilla observaciones del modelo la aclaración de lo compensado.
3- De no proceder la compensación, porque la Declaración jurada no da a pagar y además los ingresos mensuales correspondientes al 2023 son inferiores al 3,260.00CUP, lo que implica que, en el 2024 pudieran tener el mismo comportamiento, se procede entonces a la devolución.
BY OnatdeCuba
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