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Last Update:
🔺Todas las personas jurídicas gravadas con el Impuesto sobre Utilidades, liquidan el año fiscal 2023 mediante Declaración Jurada:
✅ Debe presentarse antes del 31 de marzo
✅ Tiene que estar firmada digitalmente.
Esto se establece en la Resolución 8️⃣ del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Ordinaria No 15 del 15 febrero del 2024.
⚠️ Utilice para el llenado de su Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades el modelo en formato en Excel publicado en la Sección Descargas de nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu
Una vez llena y firmada por el representante legal, puede enviarla al correo consultas de la ONAT de su municipio.
📧Los correos electrónicos consultas los puede encontrar disponibles en el Portal, en la sección Contactos: 👇
https://www.onat.gob.cu/home/contactos
BY OnatdeCuba
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